Registro de jornada obligatorio en 2027: lo que el contador debe saber

Desde el 1 de enero de 2027 toda empresa debe registrar de forma electrónica la jornada de cada trabajador. Qué pide la ley, multas, la jornada de 40 horas y qué decirle a tus clientes.

Equipo de Catálogos SAT

registrodejornada.mx en una computadora, un checador y un celular: reportes de horas, el registro con código QR y el historial de una persona trabajadora.

Si llevas la nómina o la contabilidad de alguna empresa, en los próximos meses te van a preguntar por el registro de jornada. Desde el 1 de enero de 2027, la Ley Federal del Trabajo obliga a toda empresa en México a registrar de forma electrónica la hora de entrada y de salida de cada persona trabajadora.

Aquí está lo que dice la ley, lo que todavía falta definir y lo que conviene que les digas a tus clientes desde ahora.

Qué dice la ley

La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 agregó la fracción XXXIV al artículo 132. Obliga a cada empresa a:

Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.

La Secretaría del Trabajo (STPS) debe publicar disposiciones generales con los alcances y las excepciones. Todavía no se publican; según la Secretaría del Trabajo de Jalisco, la STPS las publicaría en el Diario Oficial durante la primera quincena de diciembre de 2026.

A quién aplica

A toda empresa con personas trabajadoras, sin importar su tamaño. Mientras la STPS no publique excepciones, la ley no distingue entre una empresa de 3 personas y una de 300. Aplica también:

  • Al personal de confianza: esa categoría importa para la estabilidad en el empleo, no para el registro.
  • A quien trabaja desde casa, en esquema híbrido, en campo o en ruta.
  • A quien cobra por objetivos o por proyecto: la forma de pago no cambia la obligación.

Qué se registra y qué no sirve

La ley pide expresamente la hora de inicio y de fin de cada jornada. Conviene registrar también los descansos: sin ellos, todo el tiempo entre la entrada y la salida puede contarse como trabajo.

No exige un aparato en particular: sirve un celular, una computadora o un checador. Lo que no sirve es una lista en papel o una tarjeta firmada, porque no son un registro electrónico. Una hoja de Excel que cualquiera puede modificar difícilmente sirve como prueba: un buen registro no se puede alterar después, y cada corrección queda documentada con quién la hizo y por qué.

Multas

No llevar el registro se sanciona con 250 a 5,000 UMA (artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo): de unos $29,000 a $587,000 pesos con la UMA de 2026.

Para muchas empresas, el riesgo mayor está en una demanda laboral. Le toca a la empresa probar la jornada y las horas extra; sin un registro confiable, se presume cierto lo que diga la persona trabajadora. El mismo artículo 132 dice que el registro hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empresa.

La jornada también baja a 40 horas

La misma reforma reduce la jornada ordinaria de forma gradual, cada 1 de enero:

AñoHoras ordinarias a la semanaMáximo de horas extra a la semana
2026489
2027469
20284410
20294211
20304012

Para la nómina esto importa desde enero: con 46 horas ordinarias, una persona que hoy trabaja 48 empieza a generar horas extra. El registro es lo que deja ver a tiempo quién pasaría del límite.

Qué decirles a tus clientes

  1. Que empiecen a registrar antes de enero, para llegar con semanas de registros y con su equipo acostumbrado.
  2. Que comparen las horas reales con los horarios y detecten quién pasaría de las 46 horas semanales.
  3. Que cada persona acepte el sistema, para que el registro sea acordado y sirva como prueba.
  4. Que revisen contratos y reglamento interior con su abogado laboral.
  5. Que puedan entregar los registros de cualquier periodo en minutos, si la autoridad los pide.

Una herramienta para hacerlo

Quienes hacemos Catálogos SAT también hicimos registrodejornada.mx: cada persona registra su entrada y salida desde su celular o en un checador en cualquier pantalla, nadie puede borrar un registro, cada corrección queda con su autor y su motivo, y el registro de cualquier periodo sale en PDF listo para entregar. Es gratis hasta 5 personas.

Si quieres el detalle de la ley, la guía del registro de jornada se actualiza en cuanto la STPS publique sus disposiciones.

Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboral.

Fuentes

¿Te sirvió? Compártelo:

¿Necesitas buscar una clave para facturar?

Utiliza nuestro buscador gratuito y encuentra tu clave CFDI 4.0 en segundos.